Somos Abogados especialistas en Arrendamientos y Desahucios

El ordenamiento jurídico español prevé dos tipos de arrendamientos:

  • Arrendamiento de cosas, por el que una de las partes se obliga a dar a la otra el goce o uso de una cosa por tiempo determinado y precio cierto
  • Arrendamiento de obras o servicios, mediante el que una de las partes se obliga a ejecutar una obra o a prestar a la otra un servicio por precio cierto.

Dentro del arrendamiento de cosas, el más común es el arrendamiento de bienes inmuebles, ya sean para uso de vivienda o uso industrial.. La Ley de Arrendamientos Urbanos regula, junto con la Ley de Enjuiciamiento Civil y el Código Civil, todos los aspectos relativos al negocio jurídico del arrendamiento, desde las personas que deben intervenir en un contrato de arrendamiento, hasta los distintos procedimientos de desahucio, en función de la naturaleza que tenga el uso del bien inmueble arrendado.

En Vázquez & Asociados, contamos con especialistas que le prestarán un asesoramiento completo en todo lo relacionado con esta materia, informándole de todos los derechos y obligaciones que le corresponden y aconsejándole cual sería la forma más adecuada de proceder en cada caso.